26º Sesión Ordinaria: Acta de Labor Parlamentaria

23/10/2026

La Cámara de Diputados definió el Acta de Labor Parlamentaria correspondiente a la vigésima sexta Sesión Ordinaria del Cuerpo, integrada por los proyectos propuestos por los distintos Bloques políticos para la misma. Estas iniciativas fueron elevadas por los presidentes de las bancadas al presidente de la Cámara Baja, Esteban Amat Lacroix, para su incorporación al temario previsto de la Sesión.

Cabe señalar que cada proyecto sólo será considerado para su tratamiento parlamentario en el recinto si cuenta previamente con los dictámenes emitidos por las comisiones correspondientes.

Acta de Labor Parlamentaria

I. SENADO:

Expediente Nº 91-52.440/25. Proyecto de Ley nuevamente en revisión: Propone obligatoriedad para el organizador de disponer de puestos de hidratación para la provisión de agua potable en todo espectáculo musical, recital o reunión bailable de carácter masivo.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

II. DIPUTADOS:

1. Expediente Nº 91-54.034/26. Proyecto de Ley: Propone incorporar un párrafo al apartado A. del artículo 5º de la Ley 7127. (B. Todos Por Salta).

Autores: Dips. Esteban Amat Lacroix, Enzo Alabi, Luis Albeza, Emmanuel Ayón, Laura Cartuccia, Marcos Catardo, Enzo Chaque, Ricardo Chosco, Gustavo Dantur, Edgar Domínguez, Juan José Esteban, Omar Exeni, Gastón Galíndez, Patricia Hucena, Carlos Jorge, Guillermo Kripper, Fabio López, Luis Mendaña, Sergio Oliva, Gerardo Orellana, Gustavo Orozco, Norberto Paz, Patricio Peñalba, Miguel Plaza, Germán Rallé, Jorge Restom, Rogelio Segundo, Daniel Segura, Nicolás Taibo, Ernesto Tapia, Adrián Valenzuela Giantomasi, Fabián Valenzuela y Héctor Vargas.

Breve fundamentación: El Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) es una institución creada con la finalidad de preservar la salud de sus afiliados y beneficiarios, destinando prioritariamente sus recursos a las prestaciones de atención. La Ley 7127 establece que son afiliados y beneficiarios del sistema en las distintas categorías, las personas comprendidas o encuadradas en las disposiciones legales o convenios admitidos aplicables, con los derechos, beneficios, servicios, obligaciones, deberes y cargas que en cada caso correspondan, conforme con los respectivos regímenes de seguridad social. El artículo 5º de la Ley enumera las personas que revisten calidad de afiliados titulares que obligatoriamente quedan incluidos y quienes revisten la calidad de beneficiarios, mientras que el Decreto Nº 3402/07 y sus modificaciones reglamentan dicho artículo. Atento a la necesidad de garantizar la sustentabilidad del sistema, en el marco de los principios de integralidad, equidad, eficiencia, universalidad y solidaridad surge la presente iniciativa legislativa. El objeto del presente proyecto de Ley, en efecto, es establecer que no podrán incorporarse como afiliados titulares del sector pasivo las personas que, durante el ejercicio de sus funciones, no se hubieran afiliado al Instituto Provincial de Salud de Salta con una antelación mínima de diez (10) años ininterrumpidos previos a obtener el beneficio de la jubilación. Entendemos necesario poner en debate medidas y acciones tendientes a proteger el interés general de salteños y salteñas que trabajan en el sector estatal provincial y municipal y que conforman la masa de afiliados activos, como así también, asegurar los recursos necesarios para brindar servicios de salud de calidad a dicha población. En este orden de ideas, la presente iniciativa pretende fortalecer el financiamiento del Instituto Provincial de Salud de Salta y establecer un criterio razonable que permita soslayar asimetrías entre afiliados.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Derechos Humanos y Personas Mayores; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

2. Expediente Nº 91-54.831/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Producción y Minería, realice un estudio para la construcción de un dique de regulación sobre el sistema hídrico conformado por los ríos Seco y Dorado, entre las localidades Río del Valle y Coronel Mollinedo, departamento Anta. (B. Todos Por Salta).

Autoría: Dip. Enzo Alabi.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.

3. Expediente Nº 91-54.853/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia - Ejercicio 2027, la apertura de un camino carretero que vincule el paraje Madrejones con la Ruta Provincial Secundaria 143, hasta Campamento Vespucio, departamento General San Martín. (B. Todos Por Salta).

Autores: Dip. Edgar Domínguez.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.

4. Expediente Nº 91-54.263/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre los medios necesarios para reforzar las campañas de prevención, control y tratamiento de los trastornos alimentarios y las patologías vinculadas. (B. Por Salta)

Autoría: Dip. Marianela Marinaro.

Con dictámenes de las Comisiones de Salud; y de Hacienda y Presupuesto.

5. Expediente Nº 91-54.870/26. Proyecto de Ley: Propone crear el Programa Provincial "Conocer las Reglas: Ciudadanía, Prevención y Responsabilidad Penal Juvenil". (B. La Libertad Avanza)

Autores: Dips. Eduardo Virgili, Nicolás Arce, Claudio Cansino, María Victoria Cayo, María Elena Davids, Fernanda Domínguez, Alejandro Esper, Franco Lastra y Sergio López.

Breve fundamentación: La finalidad de esta iniciativa no es limitarse a explicar una reforma penal. Se propone establecer una política provincial sostenida de educación ciudadana, convivencia pacífica y prevención de violencias, que acerque herramientas concretas a estudiantes, familias y comunidades. El conocimiento del régimen penal juvenil constituye una dimensión relevante, pero no agota la respuesta preventiva que se pretende organizar. Salta ya comenzó la adecuación en el plano judicial. A fines de septiembre de 2026, la Procuración General de la Provincia aprobó un protocolo de actuación fiscal para el nuevo régimen, de aplicación obligatoria para fiscales y auxiliares fiscales en todos los distritos judiciales, con un esquema de intervención especialmente restrictivo para los adolescentes de 14 y 15 años y prioridad para las soluciones alternativas. Las acciones de adecuación judicial resultan necesarias, pero no sustituyen una política educativa y comunitaria. La propuesta busca complementar el conocimiento de las reglas penales con herramientas de convivencia, prevención de violencias y orientación a las familias. La difusión de normas no equivale por sí sola a prevención efectiva. Por ello, el Programa combina conocimientos jurídicos con formación en convivencia, orientación familiar, prácticas restaurativas y articulación con servicios de protección. La hipótesis de mejora deberá someterse a evaluación, sin presumir que la realización de jornadas reduce automáticamente la comisión de delitos. La prevención no comienza ni termina en el conocimiento de una sanción. Requiere formación en derechos y responsabilidades, herramientas para tramitar conflictos sin violencia, acompañamiento familiar y redes institucionales que actúen oportunamente. La propuesta convierte esas tareas en una política provincial coordinada, medible y respetuosa de los derechos de adolescentes y víctimas. La prevención de la violencia y del delito juvenil exige más que difundir sanciones: requiere educación ciudadana, acompañamiento familiar, acceso a derechos y respuestas institucionales coordinadas. Esta Ley propone ordenar esas acciones en una política provincial gradual, accesible y evaluable, respetuosa de los derechos de adolescentes y víctimas.

Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de la Juventud; de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

6. Expediente Nº 91-54.738/26. Proyecto de Ley: Propone declarar política de Estado de la Provincia la concreción, consolidación y desarrollo integral del Corredor Bioceánico de Capricornio. (B. Partido De La Reconquista)

Autoría: Dip. José Gauffín.

Breve fundamentación: La integración bioceánica de Salta no nació en los despachos oficiales. Hace más de medio siglo, instituciones de la sociedad civil y empresarios del Centro Oeste Sudamericano comenzaron a promover una visión de integración regional fundada en la necesidad de superar las limitaciones que imponían las distancias, la falta de infraestructura y la concentración de las vías de comercio exterior hacia el Atlántico. En ese proceso tuvo un papel precursor el Grupo Empresario Interregional del Centro Oeste Sudamericano (GEICOS), surgido en la década de 1970 a partir de encuentros de integración promovidos desde Salta. Empresarios e instituciones de la sociedad civil comprendieron tempranamente que el Norte argentino, el norte de Chile, Bolivia, Paraguay y las regiones productivas del centro-oeste brasileño podían ampliar sus posibilidades de desarrollo mediante una mayor integración física y comercial y un acceso más eficiente a los mercados del Pacífico. Esta vocación integradora reconoce antecedentes todavía más antiguos. Por su posición geográfica, Salta ocupó históricamente un lugar relevante en los circuitos comerciales que vinculaban el actual territorio argentino con los Andes y el Alto Perú. Esa posición fue perdiendo importancia relativa a medida que la infraestructura y los flujos comerciales argentinos se orientaron predominantemente hacia los puertos del Atlántico. La geografía, sin embargo, no cambió. La construcción del Ramal C14 y las sucesivas iniciativas de integración regional constituyen expresiones de la búsqueda histórica de una salida hacia los mercados del Pacífico. El Corredor Bioceánico de Capricornio ofrece hoy la posibilidad de recuperar y potenciar esa posición geográfica bajo las condiciones económicas y comerciales del siglo XXI, vinculando las regiones productivas del centro-oeste de Brasil y Paraguay con el Norte argentino y los puertos del norte de Chile. La Declaración de Asunción sobre Corredores Bioceánicos, suscripta el 21 de diciembre de 2015 por Argentina, Brasil, Chile y Paraguay, constituyó un paso decisivo en la institucionalización de esa visión. La Declaración reconoció que los ejes de integración regional comprenden carreteras, puertos, aeropuertos, ferrovías e hidrovías y destacó la necesidad de mejorar la infraestructura física y facilitar el tránsito transfronterizo. En particular, los cuatro países acordaron impulsar los estudios técnicos necesarios para la pronta concreción del corredor carretero Campo Grande–Puerto Murtinho–Carmelo Peralta–Mariscal Estigarribia–Pozo Hondo–Misión La Paz–Tartagal–Jujuy–Salta–Sico/Jama–Antofagasta, Mejillones e Iquique. En la Provincia de Salta el eje troncal del corredor, con salida a Chile por el Paso de Sico, atraviesa los departamentos de Rivadavia, San Martín, Oran, Gral. Güemes, Capital, Rosario de Lermay Los Andes. El Plan Maestro constituye un instrumento de planificación regional destinado a construir una visión común y consensuada del Corredor y a estructurar un programa articulado de acciones y proyectos. Su elaboración comprende tres dimensiones complementarias: infraestructura física y digital; facilitación del comercio y procesos transfronterizos; y desarrollo local productivo y comercial. Asimismo, contempla el desarrollo de mecanismos de gobernanza destinados a facilitar su gestión, implementación y seguimiento. La Provincia de Salta participa de este proceso junto con los restantes territorios subnacionales, por lo que la presente ley no procura superponer una nueva planificación regional a la que actualmente se encuentra en elaboración, sino darle continuidad y capacidad de implementación en el territorio provincial, incorporando sus lineamientos, programas y proyectos a las decisiones de infraestructura, inversión y presupuesto de la Provincia. La Provincia ha comenzado a comprometer importantes recursos provenientes de organismos internacionales para financiar infraestructura vinculada directa o funcionalmente al Corredor. La existencia de una planificación regional y provincial articulada permitirá que estas decisiones de financiamiento respondan a prioridades previamente definidas y a una visión integral del funcionamiento del Corredor. La presente iniciativa reconoce, asimismo, su origen en el trabajo desarrollado por la Mesa Integradora Regional Salta Norte – Sector Privado, ámbito constituido por instituciones de la sociedad civil, empresarios y productores del Norte de la Provincia que han promovido la necesidad de recuperar una visión integral del Corredor Bioceánico y de garantizar la participación efectiva de los territorios y sectores productivos en la definición de las obras y prioridades de infraestructura. Su aporte recoge y actualiza aquella tradición de integración regional impulsada históricamente por GEICOS, reafirmando el protagonismo de la sociedad civil en la construcción y consolidación del Corredor. De esta manera, el proyecto procura transformar una visión de integración sostenida durante décadas por la sociedad civil, los sectores productivos y sucesivas iniciativas públicas en una verdadera Política de Estado de la Provincia de Salta, articulada con la planificación regional del Corredor y capaz de trascender períodos de gobierno y orientar de manera permanente las decisiones de infraestructura, financiamiento y desarrollo vinculadas al Corredor Bioceánico de Capricornio.

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Producción; de PYMES, Defensa del Consumidor, Asuntos Laborales, Previsión Social y MERCOSUR; de Diversidad Cultural, Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.