La Cámara de Diputados definió el Acta de Labor Parlamentaria correspondiente a la decimocuarta Sesión Ordinaria del Cuerpo, integrada por los proyectos propuestos por los distintos Bloques políticos para la misma. Estas iniciativas fueron elevadas por los presidentes de las bancadas al presidente de la Cámara Baja, Esteban Amat Lacroix, para su incorporación al temario previsto de la Sesión.
Cabe señalar que cada proyecto sólo será considerado para su tratamiento parlamentario en el recinto si cuenta previamente con los dictámenes emitidos por las comisiones correspondientes.
Acta de Labor Parlamentaria
1. Expediente Nº 91-54.006/26. Proyecto de Ley: Propone prevenir y abordar situaciones de violencia en el desarrollo de actividades deportivas y culturales en las que participen niñas, niños y adolescentes; e incorporar el artículo 85 bis al Código Contravencional de la Provincia (Ley Nº 7135). (B. Todos Por Salta)
Autoría: Dip. Carlos Jorge.
Breve fundamentación: El presente proyecto tiene como finalidad abordar una problemática creciente y cada vez más visible como la violencia en el ámbito de actividades deportivas y culturales donde participan niñas, niños y adolescentes. Se han registrado en distintos puntos del país situaciones de agresión en competencias infantiles y juveniles, muchas veces protagonizadas por adultos -particularmente acompañantes o familiares- que trasladan conductas violentas a espacios que deben ser esencialmente formativos. Este tipo de hechos no solo afecta el normal desarrollo de las actividades, sino que impacta directamente en la formación de los menores, naturalizando prácticas contrarias a los valores del deporte y la cultura. La iniciativa propone un abordaje equilibrado, centrado en la prevención, la capacitación y una respuesta normativa concreta, evitando la creación de estructuras burocráticas o costos significativos. En primer lugar, se promueven acciones de concientización y difusión de pautas de convivencia, utilizando canales y recursos existentes, con el objetivo de visibilizar la problemática y desalentar conductas inapropiadas. En segundo término, se incorpora la capacitación como herramienta central, dirigida a quienes cumplen roles clave en estos ámbitos -entrenadores, dirigentes, árbitros y organizadores- brindando herramientas prácticas para la prevención de conflictos y el manejo adecuado de situaciones de violencia. Finalmente, se introduce una figura contravencional específica dentro en el Código vigente (Ley 7135), siguiendo su técnica legislativa. Esta incorporación permite dar una respuesta concreta a conductas que, sin configurar delito, requieren una sanción para su efectivo desaliento. La contravención propuesta se dirige principalmente a adultos que generan situaciones de violencia en el contexto de actividades infantiles y juveniles, estableciendo además un agravante cuando dichas conductas se producen en presencia de menores o recaen sobre ellos, en atención al impacto que ello genera.
Sin dictámenes de las Comisiones de Mujer, Género, Diversidades, Niñas, Niños, Adolescentes y Familia; de Cultura y Deporte; de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
2. Expediente Nº 91-54.220/26. Carta Municipal de Rivadavia Banda Norte. (B. Todos Por Salta)
Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Municipales y Transporte; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
3. Expediente Nº 91-54.221/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación y Cultura, arbitre los medios necesarios para incorporar psicólogos sociales en los equipos técnicos de las unidades educativas de la Provincia. (B. Todos Por Salta).
Autoría: Dip. Gustavo Orozco.
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; y de Hacienda y Presupuesto.
4. Expediente Nº 91-53.973/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad, disponga la creación de un área de Criminalística en la Unidad Regional Nº 14 de la ciudad de Embarcación, departamento General San Martín. (B. Por Salta).
Autoría: Dip. Mónica Goicoechea.
Sin dictámenes de las Comisiones de Seguridad y Participación Ciudadana; y de Hacienda y Presupuesto.
5. Expediente Nº 91-53.809/26. Proyecto de Ley: Propone crear la Fiscalía Número Uno y la Fiscalía Número Dos Especializadas en Anticorrupción. (B. La Libertad Avanza)
Autoría: Dips. Franco Lastra, Nicolás Arce, Claudio Cansino, María Victoria Cayo, María Elena Davids, Fernanda Domínguez, Alejandro Esper, Sergio López y Eduardo Virgili.
Breve fundamentación: El crecimiento de delitos relacionados con la corrupción y su complejización han hecho que la estructura actual del Ministerio Público Fiscal no de abasto, y por lo tanto se hace necesario que desde este Poder Legislativo se ordene la creación de nuevos instrumentos, como lo son estas dos Fiscalías Especializadas, las cuales además se repartirán esta ardua tarea y tendrán mayor presencia e inmediatez en el terreno. Como es visible, las fiscalías especializadas en anticorrupción son fundamentales para garantizar la justicia, preservar el estado de derecho y mantener la integridad de las instituciones públicas. Sin embargo, no basta con la creación de las Fiscalías Especializadas mentadas, sino que se hace imperativo dotarlas de características y potestades especiales, que las aíslen de posibles presiones y obstáculos que pueden provenir de aquellos a quienes deben investigar. A nivel nacional, el Ministerio de Justicia de la Nación impulsa la iniciativa de crear la Fiscalía especial para investigar la corrupción de funcionarios públicos.
Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
6. Expediente Nº 91-54.120/26. Proyecto de Ley: Propone agregar el artículo 10 bis a la Ley 7403 “Protección de Victimas de Violencia Familiar”, y sustituir el artículo 17 de la Ley 7888 “Protección contra la Violencia de Género”. (B. Conservador Popular).
Autoría: Dip. Guillermo Durand Cornejo.
Breve fundamentación: El presente proyecto tiene por finalidad reordenar y armonizar los textos de las Leyes 7403 y 7888, incorporando expresamente la figura de la provisionalidad de las medidas judiciales, la revisión periódica de seis (6) meses y la intervención del Ministerio Público, conforme a lo dispuesto por la Acordada N° 12704 – Circular 142/18 de la Corte de Justicia de Salta. Las Leyes 7403 y 7888 protegen derechos de grupos vulnerables y establece medidas judiciales para su resguardo. Sin embargo, el texto actual no contempla de manera explícita la provisionalidad temporal específica, lo que puede generar inseguridad jurídica. Incorporar un párrafo que establezca la provisionalidad de las medidas con revisión máxima de seis meses, interviniendo Fiscalía y Defensoría, garantiza que los derechos protegidos no queden en suspenso ni se prolongue indebidamente la medida. La reordenación de ambas leyes permite homogeneizar los criterios de provisionalidad y revisión, evitando disparidades entre diferentes cuerpos normativos. La integración de la Acordada N° 12704 asegura que la práctica judicial provincial tenga respaldo legal explícito, facilitando la aplicación uniforme de los criterios de control, revisión y archivo de medidas. Se busca que las leyes sean instrumentos claros, sistematizados y eficaces, garantizando protección de derechos, control judicial y participación de organismos especializados.
Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Mujer, Género, Diversidades, Niñas, Niños, Adolescentes y Familia; y de Legislación General.
7. Expediente Nº 91-53.769/26. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Universidad Provincial de Administración, Tecnología y Oficios (UPATecO), arbitre los medios necesarios para la implementación de carreras y/o cursos de formación en oficios en la localidad Aguaray, departamento General San Martín. (B. Unión Salteña – UCR).
Autoría: Dip. Matías Monteagudo.
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; y de Hacienda y Presupuesto.