30º Sesión Ordinaria: Acta de Labor Parlamentaria

08/11/2025

La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques Políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas para la trigésima Sesión Ordinaria, con el siguiente orden:

I. PODER EJECUTIVO:

Expte. Nº 91-53.361/25. Mensaje y Proyecto de Ley: Prorrogar desde su vencimiento y por el plazo de ciento ochenta días, la declaración de estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos San Martín, Orán y Rivadavia, dispuesta por la Ley Nº 8185, prorrogada por las Leyes Nº 8.410 y 8.472, y por los Decretos Nos 249/2024 y 267/2025 del Poder Ejecutivo Provincial.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

II. DIPUTADOS:

1. Expte. Nº 91-52.882/25. Proyecto de Ley: Propone incorporar el artículo 31 bis a la Ley 6830, “Estatuto del Educador”, referente a que ningún docente podrá solicitar traslado a otra zona sin acreditar que le falta un mínimo de seis años para obtener el beneficio de la jubilación ordinaria.

Autoría: Dips. Gerónimo Arjona, Moisés Balderrama, Enzo Chauque, Fabio López, Germán Rallé, Rogelio Segundo, Ernesto Tapia, Ricardo Vargas y Raúl Vargas. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Breve fundamentación: La iniciativa surge como una respuesta ante la necesidad de priorizar la estabilidad del personal docente en los distintos establecimientos educativos ubicados en la provincia de Salta, evitando aquellos traslados que carezcan de justificación pedagógica, administrativa o que no estén sustentados en criterios objetivos orientados al bien común educativo. En este sentido, resulta fundamental implementar acciones orientadas a garantizar la continuidad de la relación docente-comunidad educativa, reconociendo que la estabilidad del plantel es esencial para el desarrollo integral del proceso de enseñanza-aprendizaje. Conscientes de que la continuidad pedagógica es un pilar esencial para la consolidación de una educación de calidad que repercute directamente en el aprendizaje de nuestros estudiantes, este proyecto insta a evitar los traslados arbitrarios y reiterados de los docentes en los establecimientos educativos de la provincia. La práctica de mover de manera indiscriminada a quienes conforman la columna vertebral del sistema educativo afecta no solo el clima institucional y la transmisión de conocimientos, sino también la consolidación de la carrera docente y el desarrollo de estrategias de mejora sostenibles en el tiempo. En virtud de todo lo expuesto, es imperativo adoptar medidas que tutelen el correcto funcionamiento del sistema educativo, protegiendo a los docentes de traslados injustificados y garantizando un ambiente de estabilidad que redundará en beneficios directos e indirectos para toda la sociedad salteña.

Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de PYMES, Defensa del Consumidor, Asuntos Laborales, Previsión Social y MERCOSUR; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

2. Expte. Nº 91-53.164/25. Proyecto de Ley: Propone adherir a la Ley Nacional Nº 27.797 de Calidad y Seguridad Sanitaria (Ley Nicolás).

Autoría: Dips. Esteban Amat Lacroix, Enzo Alabi, Luis Albeza, Gerónimo Arjona, Moisés Balderrama, Federico Cañizares, Laura Cartuccia, Carolina Ceaglio, Enzo Chauque, Gustavo Dantur, Edgar Domínguez, Juan José Esteban, Pablo Gómez, Patricia Hucena, Carlos Jorge, Víctor Lamberto, Marcela Leguina, Fabio López, María del Socorro López, Sergio Oliva, Norberto Paz, Marcelo Paz, Patricio Peñalba, Germán Rallé, Ramona Riquelme, Rogelio Segundo, Daniel Segura, Nicolás Taibo, Ernesto Tapia, Adrián Valenzuela, Ricardo Vargas y Raúl Vargas. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Breve fundamentación: La Ley Nacional Nº 27.797 tiene por objeto garantizar el derecho a una asistencia sanitaria de calidad y segura centrada en las personas y en las comunidades. La iniciativa surge frente a la necesidad de contar con un nuevo estándar para la salud pública y privada, orientado a reducir daños evitables, estandarizar procesos, promover la cultura justa y proteger tanto a pacientes como al equipo de salud. Reconociendo el caso de un joven llamado Nicolás, que falleció en 2017 a causa de diagnóstico errado, la norma avanza en crear un marco jurídico para mejorar la calidad sanitaria, reducir daños evitables y establecer controles sobre el ejercicio profesional. Esta normativa establece pautas mínimas para la prestación de servicios de salud. Así, las instituciones proveedoras de servicios de salud deben adoptar diversas medidas tendientes al cumplimiento de los objetivos de la ley. En efecto, deben dotar a su organización de protocolos de actuación del personal de salud, diseñar planes de auditoría, programas de autoevaluación y evaluación, procesos estandarizados de atención, medidas de protección del equipo de salud, entre otros. Por otro lado, prevé la implementación de un Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC), con el objetivo de registrar el evento centinela y los resultados de la investigación de los mismos. Además, contiene pautas para la verificación de la aptitud profesional del equipo de salud y para su capacitación en materia de calidad y seguridad de la atención.

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

3. Expte. Nº 91-51.894/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo correspondiente, aplique en las zonas fronterizas de la provincia de Salta, las medidas de protección del espacio aéreo, incluido el Sistema de Defensa Aeroespacial para derribo y/o destrucción de vectores incursores declarados “hostiles”.

Autoría: Dip. Socorro Villamayor. (B. Salta tiene Futuro).

Sin dictamen de la Comisión de Seguridad y Participación Ciudadana.

4. Expte. Nº 91-52.678/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, revea la situación de los docentes del Centro Educativo Integral N° 9.005 de la localidad Prof. Salvador Mazza, sobre la reasignación de tutores de campo para el acompañamiento de alumnos con discapacidad.

Autoría: Dips. Santiago Vargas y Matías Monteagudo. (B. Unión Salteña - UCR)

Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Derechos de las Personas con Discapacidad; y de Hacienda y Presupuesto.

5. Expte. Nº 91-52.964/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo correspondiente, designe un médico legal para la Dirección Distrito de Prevención Nº 3 en la ciudad de San José de Metán, departamento Metán.

Autoría: Dip. Nancy Jaime. (B. Más Salta).

Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

6. Expte. Nº 91-50.019/24. Proyecto de Ley: Propone crear el Programa de Impulso Laboral para Graduados Universitarios y Terciarios en el ámbito de la provincia de Salta.

Autoría: Dip. Soledad Farfán. (B. Unión Cívica Radical)

Breve fundamentación: En el presente proyecto se establece que para acceder a las líneas de crédito impulso graduada/o no se requerirá a las/os beneficiarias/os del Programa ningún tipo de requisito, siendo suficiente acreditar su calidad de graduada/o en los últimos dos años. El objetivo primordial de la norma es acompañar a las personas con menos recursos y tornar posible un rápido, efectivo e independiente ejercicio de la profesión, en el cual el contexto social, familiar, educativo y cultural del recién graduado no sea un factor determinante. Con este tipo de medidas se promueve un Estado presente cuya responsabilidad no se limite a garantizar títulos universitarios y/o terciarios, sino a adoptar medidas que fomenten una eficaz inserción laboral de las/los graduadas/os en la Argentina. Asimismo, estas medidas implican una mayor profesionalización en el ejercicio de los oficios, una mayor independencia para las/os graduadas/os, y una mejora de la productividad y del crecimiento de la economía, junto a la posibilidad de la generación de nuevas fuentes de trabajo.

Sin dictámenes de las Comisiones de PYMES, Defensa del Consumidor, Asuntos Laborales, Previsión Social y MERSOCUR; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

7. Expte. Nº 91-49.777/24. Proyecto de Ley: Propone declarar patrimonio cultural la cría del Caballo Peruano de Paso.

Autoría: Dips. Sofía Sierra y José Gauffín. (Cupo B. PRO).

Breves fundamentos: La cría del Caballo Peruano de Paso en nuestra provincia es una costumbre que se remonta siglos atrás, a la época colonial. La importancia de esta raza equina para nuestra cultura local está fuera de duda, y se ha reflejado incluso en una de las obras historiográficas más importantes que haya elaborado un salteño: la Historia de Güemes y de la Provincia de Salta, del Dr. Bernardo Frías, donde se hace referencia a su introducción desde el Perú, como un artículo de verdadero lujo, que fue afianzándose y extendiéndose en la región. Todos los años desfilan en nuestra ciudad capital, en las grandes fiestas patrias y en toda la provincia, ejemplares de esta raza, deslumbrando a salteños y turistas con su paso y su prestancia. Se trata de una marca registrada de la cultura gaucha salteña. Si bien por supuesto no se agota en Salta la cría de estos caballos, y existen muy importantes criadores en otras provincias, Salta ha sido pionera en el establecimiento de instituciones dedicadas al fomento de la actividad y la mejora de la genética. La incorporación de una determinada práctica o actividad al repertorio de patrimonio cultural intangible no sólo representa un reconocimiento público de su importancia, sino que abre puertas y habilita recursos para varias medidas de fomento, protección y puesta en valor. Desde el punto de vista del interés general, la incorporación de la Cría de Caballos Peruanos al listado de bienes culturales intangibles podría implicar incluso un importante impulso a la promoción turística de la provincia.

Sin dictámenes de las Comisiones de Cultura y Deporte; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.