La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las comisiones respectivas, en razón de lo cual, los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas, con el siguiente orden;
1. Expte. Nº 91-49.854/24. Proyecto de Ley: Propone garantizar la accesibilidad y la inclusión de las personas con disminución visual en los Centros de Turismo, mediante la provisión de folletería en braille.
Autoría: Dips. María del Socorro López y Carolina Ceaglio. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Breve fundamentación: Tener una discapacidad visual implica para muchas personas la dificultad de participar en actividades propias de la vida cotidiana, justamente por la disminución o pérdida de las funciones visuales y las barreras que existen en el contexto en que se desenvuelve la persona. Estas personas con capacidad visual restringida también realizan actividades turísticas, y es necesario que la información de todo lo relacionado con esta actividad turística sea brindada también en escritura braille. El braille es el sistema de lectoescritura utilizado por las personas con discapacidad visual (baja visión severa o ceguera total) y sordociegas. Esto refuerza métodos de inclusión o turismo inclusivo, ya que todo turista quiere vivir sus experiencias y a veces deben adaptarse según las necesidades de cada uno, garantizando a todos, el acceso a la información turística. Es por ello que toda la folletería relativa al Turismo de la Provincia de Salta que se brinda en centros de información turística del Gobierno debería estar accesible no solo en tinta sino también en un sistema que permita a las personas disminuidas visualmente acceder a esta información. Por lo cual el mejor sistema sería que la folletería debería contar, en primer lugar: con un carácter netamente descriptivo de los lugares relevantes turísticos de la provincia de Salta, en sistema Braille y tinta, y además que incluya un Código QR. El código QR debe presentarse con algún relieve similar al sistema braille para que pueda ser fácilmente ubicado por personas con discapacidad visual y con este código la persona pueda acceder con un dispositivo móvil, y mediante el tacto sepa dónde debe posicionar su teléfono para escuchar el contenido cargado en el código, ya que este lo redirige a un sitio web donde se reproduce un audio con la información turística pertinente.
Sin dictámenes de las Comisiones: de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; de Turismo; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
2. Expte. Nº 91-51.122/24. Proyecto de Ley: Propone declarar como Patrimonio Histórico y Cultural a la Escuela N° 4.101 "Martina Silva de Gurruchaga” del municipio Rosario de la Frontera.
Autor: Dip. Pablo Gómez. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Breve fundamentación: El 30 de julio de 1869 un decreto gubernamental da por fundada una escuela en la localidad o estancia del Rosario (propiedad de doña Melchora Figueroa y Goyechea de Cornejo), aun cuando la villa, pueblo o ciudad de Rosario de la Frontera no había sido trazado, hecho que ocurrió recién el 20 de junio de 1873, siendo reconocida capital del departamento el 11 de marzo de 1874. En 1870 se envía al primer preceptor de letras de este establecimiento, el cual fue el señor José Álvarez. Firman las actas originales de la escuela los funcionarios salteños don Federico Zorrilla y don Carlos Ibarguren. No se sabe el sitio exacto de ubicación original de esta escuela que funcionó en distintos lugares hasta el año 1876. Entonces doña Melchora Figueroa de Cornejo, siempre generosa y visionaria, donó una fracción de tierra donde actualmente se ubica el establecimiento (Güemes esquina San Martín, ex calle Tucumán hasta 1949) y se construyó allí un edificio más bien precario que a las postres fue demolido, construyéndose el definitivo en la década de 1950, durante la presidencia de Juan D. Perón. Una gestión correcta del potencial de desarrollo del patrimonio cultural exige un enfoque que haga hincapié en la sostenibilidad. A su vez, la sostenibilidad requiere encontrar el justo equilibrio entre sacar provecho del patrimonio cultural hoy y preservar su “riqueza frágil” para las generaciones futuras…”. Considerando que la Ley Nacional N° 25.197 en su artículo 2° entiende por bienes culturales: “a todos aquellos objetos, seres o sitios que constituyen la expresión o testimonio de la creación humana y la evolución de la naturaleza y que tiene un valor arqueológico, histórico, artístico, científico o técnico excepcional. El universo de estos bienes constituirá el patrimonio cultural argentino…”, en tanto se ha detallado el acervo cultural y el gran valor arquitectónico que ha albergado desde su creación y por el que han pasado actividades literarias, culturales y educativas.
Sin dictámenes de las Comisiones: de Obras Públicas; de Cultura y Deporte; de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
3. Expte. Nº 91-51.991/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo correspondiente, gestione las obras necesarias para la provisión de agua potable en las localidades Isonza y Amblayo, municipio San Carlos, departamento San Carlos.
Autoría: Dip. Raúl Vargas. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.
4. Expte. Nº 91-51.987/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos correspondientes, refuercen la aplicación de la normativa vigente en materia de protección fitosanitaria y comercialización de productos agrícolas, con especial atención en la producción bananera de la provincia de Salta.
Autoría: Dip. David Taranto. (Bloque Salta Tiene Futuro).
Sin dictamen de la Comisión de Producción.
5. Expte. Nº 91-51.955/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, arbitre las medidas necesarias a fin de que se establezca la “Desanexación de la Escuela Agrotécnica Nº 3.160”, cuyo Anexo funciona en la localidad Santa Rosa, municipio Rivadavia Banda Sur, originando una nueva Institución Educativa de Nivel Medio; y asimismo se disponga la construcción de un albergue estudiantil.
Autoría: Dip. Moisés Balderrama. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Obras Públicas.
6. Expte. Nº 91-51.934/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ente Regulador de los Servicios Públicos, fije el período de reducción en la facturación del servicio de energía eléctrica y se efectué sobre los consumos de todo el año en los departamentos General San Martín, Orán, Anta, General Güemes y Rivadavia, y en los municipios El Galpón, La Candelaria y El Potrero, por tratarse de zonas cálidas.
Autoría: Dips. Gladys Paredes, Matías Monteagudo, Jorge Restom, y Santiago Vargas. (Cupo Bloque Más Salta).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; de Energía y Combustibles; y de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor.
7. Expte. Nº 91-50.019/24. Proyecto de Ley: Propone crear el Programa de Impulso Laboral para Graduados/as Universitarios/as y Terciarios/as.
Autoría: Dip. Soledad Farfán. (Bloque Unión Cívica Radical).
Breve fundamentación: En el presente proyecto se establece que para acceder a las líneas de crédito impulso graduada/o no se requerirá a las/os beneficiarias/os del Programa ningún tipo de requisito, siendo suficiente acreditar su calidad de graduada/o en los últimos dos años. El objetivo primordial de la norma es acompañar a las personas con menos recursos y tornar posible un rápido, efectivo e independiente ejercicio de la profesión, en el cual el contexto social, familiar, educativo y cultural del recién graduado no sea un factor determinante. Con este tipo de medidas se promueve un Estado presente cuya responsabilidad no se limite a garantizar títulos universitarios y/o terciarios, sino a adoptar medidas que fomenten una eficaz inserción laboral de las/los graduadas/os en la Argentina. Asimismo, estas medidas implican una mayor profesionalización en el ejercicio de los oficios, una mayor independencia para las/os graduadas/os, y una mejora de la productividad y del crecimiento de la economía, junto a la posibilidad de la generación de nuevas fuentes de trabajo.
Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Laborales y Previsión Social; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
8. Expte. Nº 91-51.876/25. Proyecto de Ley: Propone incorporar el Coaching Ontológico como estrategia pedagógica complementaria en la currícula de los establecimientos educativos, con el fin de contribuir al desarrollo integral de los estudiantes, potenciando sus habilidades socioemocionales, autoconocimiento y capacidad de liderazgo.
Autoría: Dip. Gustavo Orozco. (Bloque Cambia Salta – TAC).
Breve fundamentación: El Coaching Ontológico es una metodología reconocida a nivel mundial por su impacto positivo en la transformación personal y el crecimiento de habilidades socioemocionales. En el ámbito educativo, su implementación ha demostrado mejorar la motivación y el compromiso de los estudiantes, reducir los conflictos interpersonales y aumentar el rendimiento académico mediante el autoconocimiento y la toma de decisiones conscientes. En la provincia de Salta, donde muchos jóvenes enfrentan situaciones de vulnerabilidad social y emocional, la aplicación de esta herramienta en las aulas brindará un soporte fundamental para su desarrollo personal y profesional. Además, dotar a los docentes de herramientas de Coaching Ontológico contribuirá a mejorar la dinámica escolar y a generar un ambiente de aprendizaje más enriquecedor y positivo. Este proyecto de ley representa una oportunidad innovadora para transformar la educación en Salta, alineándola con las necesidades del siglo XXI y garantizando que nuestros jóvenes cuenten con los recursos necesarios para su bienestar integral y su éxito en la vida.
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
9. Expte. Nº 91-51.931/25. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare el Estado de Emergencia en la zona de la Quebrada del Toro por los serios daños ocasionados por las lluvias y la crecida del río Toro, asignando los fondos necesarios para brindar asistencia socio-sanitaria y económica a los habitantes del lugar.
Autoría: Dip. Nicolás Taibo. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.