La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes solicitudes para la Sesión Ordinaria del día 18 de octubre del corriente año, con el siguiente orden:
I. SENADO
Proyecto de Ley en revisión: Expte. N° 90-30.944/22.
Propone autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula 1.662 del departamento Rosario de Lerma, a favor de la municipalidad de Rosario de Lerma, con el cargo de ser destinado exclusivamente a la construcción de un cementerio municipal.
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
II. DIPUTADOS
1. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-45.256/21.
Propone autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a favor de sus actuales ocupantes, una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N° 282 del departamento Rosario de Lerma, con el cargo de ser destinado a viviendas únicas familiares y a la explotación agropecuaria de pequeña escala.
Autor: Dip. Lino Yonar (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
2. Proyecto de Declaración: Expte. N° 91-46.891/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de las áreas que corresponda, implemente mecanismos de potabilización de agua para todos los parajes y los establecimientos educativos del departamento Molinos.
Autor: Dip. Fabio López (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y de Educación.
3. Proyecto de Declaración: Expte. N° 91-46.840/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través de los organismos correspondientes,disponga la ejecución de la obra de un tramo de encauzamiento y gaviones en el río Angastaco, Municipio del mismo nombre, departamento San Carlos.
Autora: Elena Díaz (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.
4. Proyecto de Ley: Expte. 91-46.951/22.
Propone modificar el artículo 8º de la Ley 7127, referente a que los afiliados del IPS gozarán de la libre elección de los prestadores de los servicios de salud que estén incluidos en el padrón; y será obligación de los prestadores colocar en sus consultorios, carteles indicando el tipo de padrón al cual pertenecen, informando si corresponde o no el cobro de arancel diferenciado.
Autora: Dip. María del Socorro Villamayor (Bloque Salta Tiene Futuro).
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: El proyecto de Ley tiene por objeto modificar el artículo 8º de la la Ley Nº 7127 que regula el funcionamiento del Instituto Provincial de la Salud de Salta (IPSS) con la finalidad de establecer la obligación por parte de los prestadores de exhibir en un lugar visible dentro de los consultorios o salas de espera si pertenecen al Padrón A o B de la obra social; ello en función de la posibilidad de cobrar arancel diferenciado. Cabe recordar que el Decreto Nº 3402 /2007, reglamentario de la Ley Nº 7127 establece la obligación que tiene el IPSS de publicar correctamente los padrones diferenciando si los profesionales pertenecen al padrón A o al padrón B; sin mbargo, la norma propuesta busca que se garantice claramente el derecho a la información y libre elección de los afiliados y beneficiarios y se evite cualquier tipo de irregularidad en cuanto al cobro de los aranceles diferenciados.
5. Proyecto de Declaración: Expte. N° 91-46.656/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, incluya al barrio San Jorge de la localidad El Carril, departamento Chicoana, en el Registro Nacional de Barrios Populares a fin de avanzar en la mejora de los servicios e infraestructura.
Autora: Dip. María del Socorro López (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.
6. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-45.657/22.
Propone declarar de interés provincial la lucha contra el cáncer bucal, debiendo garantizar la prevención, asistencia y concientización en todo el territorio de la Provincia.
Autores: Dip Laura Cartuccia y Verónica Saicha (Bloque Salta Tiene Futuro).
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: Cada 5 de diciembre se conmemora el Día Latinoamericano de Lucha contra el Cáncer Bucal, uno de los diez cánceres más frecuentes a nivel mundial. Este día se instituyó en memoria y reconocimiento a la labor del Profesor Julio Santana Garay, quien se destacó durante toda su vida profesional por enseñar, investigar y estimular la conciencia de profesionales de Latinoamérica y el mundo, en lo relativo a la prevención y diagnóstico precoz de las lesiones precancerosas y el cáncer bucal.La experiencia indica que, por lo general, las personas ignoran la posibilidad de que puedan estar conviviendo con un cáncer en sus cavidades bucales. Es frecuente en los servicios de odontología encontrar cánceres muy desarrollados en pacientes que llegan por una simple consulta, debido a la propia desinformación, a tratamientos ineficaces o a diagnósticos equivocados.
7. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-44.476/21.
Propone regular y promover la exploración, cateo, explotación e industrialización, obedeciendo y reflejando las bases conceptuales de la estrategia provincial de industrialización de Litio en la provincia de Salta.
Autor: Dip. Franco Hernández (Bloque Todos).
Sin dictámenes de las Comisiones de Minería, Transporte y Comunicaciones; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: La Ley, tiene por objeto regular y promover la exploración, cateo, explotación e industrialización, obedeciendo y reflejando las bases conceptuales de la estrategia provincial de industrialización del litio en la provincia de Salta. Haciendo énfasis en la decisión soberana de superar el extractivismo (producción de sales básicas) y consolidar la estrategia de avanzar y culminar la cadena de agregación de valor hasta el producto final, es decir producir baterías de Ion-Litio.
8. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-46.839/22.
Propone prohibir a los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito requerir su entrega a los titulares o adicionales para realizar operaciones; las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los titulares.
Autora: Dip. Gladys Paredes (Bloque Más Salta).
Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor; y de Legislación General.
Breve fundamentación: El proyecto de Ley tiene por objeto regular las operaciones de compra que los usuarios realizan con tarjetas de crédito o de débito a los efectos que las mismas sean más seguras y confiables. Es una práctica habitual que los comerciantes requieran a los usuarios de las tarjetas la entrega de las mismas para efectivizar el cobro, lo que implica la libre manipulación por parte de terceros y la no vigilancia del plástico por parte del titular. La modalidad implica la posibilidad de que se obtengan los datos de la tarjeta rápidamente, los que después pueden ser utilizados para compras u operaciones comerciales electrónicos que no requieren más que los datos que figuran en la tarjeta, pero que no fueron realizados por el titular. A fin de evitar tales circunstancias, la iniciativa prohíbe al proveedor o comercio adherido al sistema de tarjetas de débito, crédito o compra, requerir a los titulares, usuarios, titulares adicionales o beneficiarios de extensiones de tarjetas, la entrega de las mismas a los fines de la realización de operaciones. De esta forma, las tarjetas solo podrán ser manipuladas, de manera exclusiva, por el usuario habilitado cuyo nombre figura en el plástico. A fin de cumplimentar con la ley, el comerciante deberá acondicionar sus dispositivos de cobro electrónico de modo de facilitar las operaciones garantizando la manipulación de la tarjeta correspondiente, de forma directa y exclusiva, por el propio usuario. Para dar cumplimiento a la obligación de verificar siempre la identidad del portador de la tarjeta, el comerciante requerirá la exhibición clara de la tarjeta, del frente y del dorso, de modo de constatar la coincidencia de los datos y firma con los del DNI de su titular, tal como lo dispone la Ley Nacional 25.065. No está de más recordar que en el último tiempo, se produjo un incremento exponencial de las operaciones comerciales digitales, y conjuntamente proliferaron las estafas cometidas mediante la sustracción de los datos de los usuarios de pagos digitales, requeridos para las transacciones electrónicas. En efecto, las estafas bancarias crecieron un 3000% entre 2019 y 2020 en el país, según la Unidad Fiscal Especializada en Ciber-delincuencia (UFECI), que depende del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
9. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-46.846/22.
Propone que no podrá ser designado en ningún cargo jerárquico de la Administración Pública, Centralizada o Descentralizada y Organismos Autárquicos, en el Poder Legislativo, en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, quien se encuentre incluido en el Registro de Deudores Alimentarios de la provincia de Salta (Ley 7411).
Autoría: Dips. Mónica Juárez. Esteban Amat Lacroix; Luis Albeza; Bernardo Biella Calvet; Federico Cañizares; Carolina Ceaglio; Ana Laura Córdoba; Gustavo Dantur; Elena Díaz; Cristina Fiore; Pablo Gómez; Ernesto Guanca; Franco Hernández Berni; Nancy Jaime; Ignacio Jarsún Lamónaca; María del Socorro López; Matías Monteagudo; Alejandra Navarro; Gustavo Pantaleón; Gladys Paredes; Jorge Restom; Daniel Segura; y Santiago Vargas.(Bloque Salta – 8 de Octubre).
Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Derechos Humanos; de la Mujer; y de Legislación General.
Breve fundamentación: Es necesario colaborar entre todos para lograr el efectivo cumplimiento de los deberes y obligaciones que atañen a los progenitores respecto de niños, niñas y adolescentes salteños, en desmedro del tan común incumplimiento de la cuota alimentaria, este proyecto tiene como fin procurar un mejor nivel de vida de aquellos que son víctimas sistemáticamente de esta problemática generalizada que va en aumento año a año desde hace ya largo tiempo. Debemos tener muy presente que cada vez que un progenitor incumple con su deber de Alimentos comete una conducta perjudicial que repercute, no solamente en la alimentación –tan importante como todos sabemos para el crecimiento de los niños-, sino también en aspectos tales como su educación, vivienda, vestimenta, asistencia médica y medicación de ser necesaria- que en algunos casos es permanente-, y recreación. Se observa una alta tasa de incumplimiento por parte de padres deudores, lo que conlleva cifras alarmantes de niños, niñas y adolescentes que se ven afectados en todos los aspectos anteriormente descriptos.